¿Cuántos baños exige el DS 594 por trabajador?
En una faena sin alcantarillado, el DS 594 pide al menos un baño químico y fija el total en la mitad de los excusados de su artículo 23, según las personas por turno: uno hasta 30 trabajadores, dos de 51 a 70 y tres de 91 a 100, a no más de 75 metros del área de trabajo.
| Personas por turno | Excusados (art. 23) | Baños químicos (excusados ÷ 2) |
|---|
| 1 a 10 | 1 | 1 (el mínimo) |
| 11 a 20 | 2 | 1 |
| 21 a 30 | 2 | 1 |
| 31 a 40 | 3 | 1,5 |
| 41 a 50 | 3 | 1,5 |
| 51 a 60 | 4 | 2 |
| 61 a 70 | 4 | 2 |
| 71 a 80 | 5 | 2,5 |
| 81 a 90 | 5 | 2,5 |
| 91 a 100 | 6 | 3 |
| Más de 100 | 6 y uno más por cada 15 personas | La mitad de esa cifra |
La norma no dice cómo redondear los medios ni si la cuenta se duplica cuando hay baños separados para hombres y mujeres. Para no quedar corto, cotiza hacia arriba: con 40 personas por turno, dos cabinas.
Distancia máxima de 75 metros y separación por sexo
El artículo 25 prohíbe instalar los baños a más de 75 metros del área de trabajo, salvo casos que califique la autoridad sanitaria. En un camino o un canal, eso puede obligar a mover las cabinas a medida que avanza la faena. El artículo 22 pide baños separados para hombres y mujeres; con 10 trabajadores o menos, basta uno de uso universal con cierre interior.
Quién responde por la limpieza en la faena
El artículo 24 es directo: «El transporte, habilitación y limpieza de éstos será responsabilidad del empleador». Al terminar la faena, el empleador también debe «reacondicionar sanitariamente el lugar» donde estuvo el baño. Por eso el arriendo incluye el transporte, la instalación, las limpiezas durante la obra y el retiro final.