¿Cada cuánto se lavan los estanques según el Decreto 735?
El DS 735, en su artículo 23 bis, pide inspeccionar los estanques de agua potable al menos cada tres meses y hacer el aseo y la desinfección al menos una vez al año, o antes si aparecen cuerpos extraños, lodo u otras impurezas. También exige mantenerlos tapados y con rejilla en la ventilación.
| Qué pide el DS 735 (art. 23 bis) | Frecuencia o condición |
|---|
| Inspección del estanque y sus instalaciones anexas | Al menos cada tres meses |
| Aseo y desinfección | Al menos una vez al año, o antes si hay cuerpos extraños, lodo u otras impurezas |
| Tapa | El estanque permanece tapado |
| Ventilación y orificios | Ductos con rejilla; los orificios que no se usan, obturados |
El DS 735 es el reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano, y su artículo 1 habla de los «servicios de agua potable». Aplicar el artículo 23 bis al estanque de un edificio conectado a la red es la lectura habitual entre administradores y empresas del rubro, pero no encontramos un pronunciamiento de la SEREMI de Salud o del MINSAL que lo confirme.
Programa de mantención del condominio (Ley 21.442)
La Ley 21.442 de Copropiedad, en su artículo 20, encarga al administrador «realizar las mantenciones, inspecciones y certificaciones de las instalaciones y elementos que lo requieran». Su reglamento, el DS 7 de 2025, le pide en el artículo 26 un programa de mantención de las redes internas de servicios básicos para 12 meses, y que al cerrar el período rinda cuenta al comité de administración. El lavado anual del estanque cabe en ese programa, con su fecha y su constancia.